Artículo 163 de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 163. Clases de juntas. Las juntas generales de las sociedades de capital podrán ser ordinarias o extraordinarias. art 163 lsc Ley de Sociedades de Capital TÍTULO V. La junta general CAPÍTULO III. Clases de juntas Artículo 163. Clases de juntas. Artículo 164. Junta ordinaria. Artículo 165. Junta extraordinaria.
Artículo 162 de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 162. Concesión de créditos y garantías a socios y administradores. 1. En la sociedad de responsabilidad limitada la junta general, mediante acuerdo concreto para cada caso, podrá anticipar fondos, conceder créditos o préstamos, prestar garantías y facilitar asistencia financiera a sus socios y administradores. 2. No será necesario el acuerdo de la junta general para […]
Artículo 161 de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 161. Intervención de la junta general en asuntos de gestión. Salvo disposición contraria de los estatutos, la junta general de las sociedades de capital podrá impartir instrucciones al órgano de administración o someter a su autorización la adopción por dicho órgano de decisiones o acuerdos sobre determinados asuntos de gestión, sin perjuicio de lo […]
Artículo 160 de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 160. Competencia de la junta. Es competencia de la junta general deliberar y acordar sobre los siguientes asuntos: a) La aprobación de las cuentas anuales, la aplicación del resultado y la aprobación de la gestión social. b) El nombramiento y separación de los administradores, de los liquidadores y, en su caso, de los auditores […]
Artículo 159 de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 159. Junta general. 1. Los socios, reunidos en junta general, decidirán por la mayoría legal o estatutariamente establecida, en los asuntos propios de la competencia de la junta. 2. Todos los socios, incluso los disidentes y los que no hayan participado en la reunión, quedan sometidos a los acuerdos de la junta general. art […]
Artículo 133 de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 133. Embargo de participaciones o de acciones. En caso de embargo de participaciones o de acciones, se observarán las disposiciones contenidas en el artículo anterior siempre que sean compatibles con el régimen específico del embargo. art 133 lsc Ley de Sociedades de Capital TÍTULO IV. Participaciones sociales y acciones CAPÍTULO V. Copropiedad y derechos […]
Artículo 132 de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 132. Prenda de participaciones o de acciones. 1. Salvo disposición contraria de los estatutos, en caso de prenda de participaciones o acciones corresponderá al propietario el ejercicio de los derechos de socio. El acreedor pignoraticio queda obligado a facilitar el ejercicio de estos derechos. 2. En caso de ejecución de la prenda de participaciones […]
Artículo 131 de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 131. Pago de compensaciones. 1. Las cantidades que hayan de pagarse en virtud de lo dispuesto en el artículo 128 podrán abonarse bien en metálico, bien en participaciones o acciones de la misma clase que las que hubieran estado sujetas a usufructo, calculando su valor en virtud del que les corresponda conforme al último […]
Artículo 130 de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 130. Usufructo de acciones no liberadas. 1. Cuando el usufructo recayere sobre acciones no liberadas totalmente, el nudo propietario será el obligado frente a la sociedad a efectuar el pago de la parte no desembolsada. Efectuado el pago, tendrá derecho a exigir del usufructuario, hasta el importe de los frutos, el interés legal de […]
Artículo 129 de la Ley de Sociedades de Capital
Artículo 129. Usufructo y derechos de preferencia. 1. En los casos de aumento del capital de la sociedad, si el nudo propietario no hubiere ejercitado o enajenado el derecho de asunción o de suscripción preferente diez días antes de la extinción del plazo fijado para su ejercicio, estará legitimado el usufructuario para proceder a la […]