Artículo 90. Participaciones sociales y acciones.
Las participaciones sociales en la sociedad de responsabilidad limitada y las acciones en la sociedad anónima son partes alícuotas, indivisibles y acumulables del capital social.
art 90 lsc
- Ley de Sociedades de Capital
- TÍTULO IV. Participaciones sociales y acciones
- CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- Artículo 90. Participaciones sociales y acciones.
- Artículo 91. Atribución de la condición de socio.
- Artículo 92. La acción como valor mobiliario.
- CAPÍTULO I. Disposiciones generales
- TÍTULO IV. Participaciones sociales y acciones