Artículo 530. Pactos parasociales en sociedad cotizada.
1. A los efectos de lo dispuesto en este capítulo, se entienden por pactos parasociales aquellos pactos que incluyan la regulación del ejercicio del derecho de voto en las juntas generales o que restrinjan o condicionen la libre transmisibilidad de las acciones en las sociedades anónimas cotizadas.
2. Lo dispuesto en este título se aplicará también a los supuestos de pactos que con el mismo objeto se refieran a obligaciones convertibles o canjeables emitidas por una sociedad anónima cotizada.
art 530 lsc
- Ley de Sociedades de Capital
- TÍTULO XIV. Sociedades anónimas cotizadas
- CAPÍTULO VIII. Pactos parasociales sujetos a publicidad
- Artículo 530. Pactos parasociales en sociedad cotizada.
- Artículo 531. Publicidad de los pactos parasociales.
- Artículo 532. Legitimación para publicidad de los pactos parasociales.
- Artículo 533. Efectos de la falta de publicidad de los pactos parasociales.
- Artículo 534. Pactos parasociales entre socios de sociedad que ejerza el control sobre una sociedad cotizada.
- CAPÍTULO VIII. Pactos parasociales sujetos a publicidad
- TÍTULO XIV. Sociedades anónimas cotizadas