Artículo 357. Protección de los acreedores de las sociedades de responsabilidad limitada.
Los socios de las sociedades de responsabilidad limitada a quienes se hubiere reembolsado el valor de las participaciones amortizadas estarán sujetos al régimen de responsabilidad por las deudas sociales establecido para el caso de reducción de capital por restitución de aportaciones.
art 357 lsc
- Ley de Sociedades de Capital
- TÍTULO IX. Separación y exclusión de socios
- CAPÍTULO III. Normas comunes a la separación y la exclusión de socios
- Artículo 353. Valoración de las participaciones o de las acciones del socio.
- Artículo 354. Informe del experto independiente.
- Artículo 355. Retribución del experto independiente.
- Artículo 356. Reembolso.
- Artículo 357. Protección de los acreedores de las sociedades de responsabilidad limitada.
- Artículo 358. Escritura pública de reducción del capital social.
- Artículo 359. Escritura pública de adquisición.
- CAPÍTULO III. Normas comunes a la separación y la exclusión de socios
- TÍTULO IX. Separación y exclusión de socios