Ley de Sociedades de Capital
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Artículo 63 de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 63. Aportaciones no dinerarias. En la escritura de constitución o en la de ejecución del aumento del capital social deberán describirse las aportaciones no dinerarias con sus datos registrales si existieran, la valoración en euros que se les atribuya, así como la numeración de las acciones o participaciones atribuidas. art 63 lsc

Artículo 541 de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 541. Informe anual sobre remuneraciones de los consejeros. 1. El consejo de administración de las sociedades anónimas cotizadas deberá elaborar y publicar anualmente un informe sobre remuneraciones de los consejeros, incluyendo las que perciban o deban percibir en su condición de tales y, en su caso, por el desempeño de funciones ejecutivas. 2. El […]

Artículo 540 de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 540. Informe anual de gobierno corporativo. 1. Las sociedades anónimas cotizadas deberán hacer público con carácter anual un informe de gobierno corporativo. 2. El informe anual de gobierno corporativo será objeto de comunicación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores, acompañando copia del documento en que conste. La Comisión Nacional del Mercado de […]

Artículo 539 de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 539. Instrumentos especiales de información. 1. Las sociedades anónimas cotizadas deberán cumplir los deberes de información por cualquier medio técnico, informático o telemático, sin perjuicio del derecho de los accionistas a solicitar la información en forma impresa. 2. Las sociedades anónimas cotizadas deberán disponer de una página web para atender el ejercicio, por parte […]

Artículo 529 novodecies de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 529 novodecies. Aprobación de la política de remuneraciones de los consejeros. 1. La política de remuneraciones de los consejeros deberá ajustarse al sistema de remuneración estatutariamente previsto y se aprobará por la junta general de accionistas como punto separado del orden del día, para su aplicación durante un período máximo de tres ejercicios. No […]

Artículo 529 octodecies de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 529 octodecies. Remuneración de los consejeros por el desempeño de funciones ejecutivas. 1. La remuneración de las funciones ejecutivas de los consejeros delegados y demás consejeros a los que se atribuyan funciones de esa índole en virtud de otros títulos deberá ajustarse a los estatutos y, en todo caso, a la política de remuneraciones […]

Artículo 529 septdecies de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 529 septdecies. Remuneración de los consejeros por su condición de tal. 1. La remuneración de las funciones que están llamados a desarrollar los consejeros en su condición de tales, como miembros del órgano colegiado o sus comisiones, deberá ajustarse al sistema de remuneración previsto estatutariamente conforme dispone el artículo 217 y a la política […]

Artículo 529 sexdecies de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 529 sexdecies. Carácter remunerado. Salvo disposición contraria de los estatutos, el cargo de consejero de sociedad cotizada será retribuido. art 529 sexdecies lsc Ley de Sociedades de Capital TÍTULO XIV. Sociedades anónimas cotizadas CAPÍTULO VII. Especialidades de la administración. Sección 3.ª Especialidades de la remuneración de los Consejeros Artículo 529 sexdecies. Carácter necesariamente remunerado. […]

Artículo 529 quindecies de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 529 quindecies. Comisión de nombramientos y retribuciones. 1. La comisión de nombramientos y retribuciones estará compuesta exclusivamente por consejeros no ejecutivos nombrados por el consejo de administración, dos de los cuales, al menos, deberán ser consejeros independientes. El presidente de la comisión será designado de entre los consejeros independientes que formen parte de ella. […]

Artículo 529 quaterdecies de la Ley de Sociedades de Capital

Artículo 529 quaterdecies. Comisión de auditoría. 1. La comisión de auditoría estará compuesta exclusivamente por consejeros no ejecutivos nombrados por el consejo de administración, la mayoría de los cuales, al menos, deberán ser consejeros independientes y uno de ellos será designado teniendo en cuenta sus conocimientos y experiencia en materia de contabilidad, auditoría o en […]