Artículo 447. Estructura del órgano de administración.
(Derogado)
art 447 lsc
Tras la actualización publicada el 29/09/2022, que entró en vigor el 19/10/2022, se deroga este artículo por el art. 2.6 de la Ley 18/2022, de 28 de septiembre. Anteriormente, decía lo siguiente:
1. La administración podrá confiarse a un órgano unipersonal o a un órgano pluripersonal, cuyos miembros actuarán solidaria o mancomunadamente. Cuando la administración se atribuya a un órgano pluripersonal, en ningún caso adoptará la forma y el régimen de funcionamiento de un consejo de administración.
2. La representación de la sociedad y la certificación de los acuerdos sociales corresponderá, caso de existir un administrador único, a éste; caso de existir varios administradores solidarios, a uno cualquiera de ellos; y en el supuesto de existir varios administradores mancomunados, a dos cualesquiera de ellos.
Artículo 447 – Derogado con efectos desde el 19/10/2022
- Ley de Sociedades de Capital
- TÍTULO XII. Sociedad nueva empresa (Derogado)
- CAPÍTULO IV. Órganos sociales (Derogado)
- Artículo 446. Junta general. (Derogado)
- Artículo 447. Estructura del órgano de administración.(Derogado)
- Artículo 448. Estatuto de los administradores.(Derogado)
- Artículo 449. Remoción del cargo de administrador.(Derogado)
- CAPÍTULO IV. Órganos sociales (Derogado)
- TÍTULO XII. Sociedad nueva empresa (Derogado)